Hobbes se refiere al Estado como
un producto de la voluntad racional, es una pura idea del intelecto.
A partir de Hobbes se puede hablar
de un modelo iusnaturalista.
El modelo está constituido sobre
la base de dos elementos fundamentales:
Para Hobbes lo importante son los individuos no la sociedad.
*El estado (o sociedad) de
naturaleza y estado (sociedad) civil. Modelo contractual (Constituciones).
*Se trata de un modelo dicotómico
en el sentido de que el hombre vive en el estado de naturaleza o en sociedad
civil.
*No puede vivir al mismo tiempo en uno o en otro.
*De la dicotomía principal,
estado naturaleza-estado civil hacen un uso sistemático de los dos términos
para comprender toda la vida social del hombre.
* Entre los dos estados hay una
relación de contraposición:
El estado natural del que tiene
la función de eliminar los defectos, surge como antítesis del estado político
en el momento en que éste no logra el objetivo para lo que ha sido instituido.
La contraposición entre estos
dos estados consiste en que los
elementos constitutivos del primero son individuos aislados, no asociados, si
bien asociables, actúan de hecho siguiendo
la razón ( que permanece escondida o
impotente), sino las pasiones, los instintos o los intereses; el elemento
constitutivo del segundo es la unión de los individuos aislados y dispersos en
una sociedad perpetua y exclusiva que sólo permite la realización de una
vida de acuerdo con la razón.
El paso de un estado a otro no se da necesariamente por la misma fuerza
de las cosas, sino mediante uno o más acuerdos por medio de uno o más actos
voluntarios de los mismos individuos interesados en salir fuera del estado de
naturaleza “lo que significa vivir de acuerdo a la razón”.
*El consenso es el principio de legitimidad de la sociedad política.
*El edo. garantiza
los derechos a los ciudadanos la
vida y la propiedad privada (estado de
sumisión).
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